SISTEMA DE DONACIONES

PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE DONACIONES CON FINES DEPORTIVOS.

  • La organización deportiva deberá suscribir con el donante un convenio de ejecución del proyecto con las especificaciones y formalidades que señala la Dirección Regional del Instituto, debiendo enviar a esta última una copia del mismo.
  • La Dirección Regional realiza un seguimiento anual del proyecto sobre la base de las cláusulas del convenio y emite un informe de resultados, el que es enviado al Servicio de Impuestos Internos, al donante y al donatario, dentro de los tres primeros meses de cada año.
  • El donatario debe elaborar anualmente un informe del estado de los ingresos provenientes de la donación y del uso detallado de dichos recursos, según el formato establecido en la Circular 81 del SII y remitirlo a la Dirección Regional del Servicio de Impuestos Internos correspondiente a su domicilio, dentro de los tres primeros meses de cada año.
  • En caso de que se suspenda un proyecto que ha recibido donación o bien los recursos no se gastan en su totalidad, el donante podrá elegir otro proyecto del Registro, o bien, destinar estos recursos a la Cuota Regional de la Región respectiva.
  • Los bienes corporales muebles adquiridos con donaciones recibidas para un proyecto no podrán ser enajenados sino después de dos años contados desde la fecha de su adquisición. Los inmuebles sólo podrán ser enajenados después de cinco años contados desde igual fecha.
  • Si un donatario(organización deportiva) otorga certificados por donaciones que no cumplen las condiciones establecidas en la Ley N°19.712 o que destine dinero de las donaciones a fines no comprendidos en los proyectos, deberá pagar al Fisco el impuesto equivalente al crédito utilizado por el donante de buena fe.
  • • Los administradores o representantes del donatario serán solidariamente responsables del pago de dicho tributo y de los reajustes, intereses y multas que se determinen, a menos que demuestren haberse opuesto a los actos que dan motivo a esta sanción o que no tuvieron conocimiento de ellos.


DOCUMENTOS LEGALES

A) CONVENIO DE EJECUCUIÓN

Se emite en al menos 3 copias, y lo debe firmar el representante Legal de la Empresa y el representante legal de ABC Deportes.
1° Copia Donante (Empresa)
2° Copia Donatario (ABC Deportes)
3° Copia CHILEDEPORTES

El convenio de ejecución debe contener al menos las siguientes menciones:
a) El monto de los recursos donados al proyecto.
b) Los objetivos de la donación.
c) Los indicadores de medición del cumplimiento de los objetivos.
e) El plazo de ejecución del proyecto deportivo.

B) CERTIFICADO DE DONACIÓN.

Se emite en 4 ejemplares, impresos en formularios timbrados por el Servicio de Impuestos Internos.
1° Copia Donante (Empresa)
2° Copia Donatario (ABC Deportes)
3° Copia CHILEDEPORTES
4° Copia SII

En cuanto se realiza la donación se entrega la copia al donante y a CHILEDEPORTES.

El donante deberá conservar su copia hasta el momento de la declaración de impuestos al año siguiente.

C) DECLARACION JURADA.

Una vez finalizado el proceso, la organización deportiva debe informar al SII sobre la utilización de los recursos, a través de la Declaración Jurada.